Guía de planificación fiscal para grandes patrimonios en España ante el Modelo 718

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Guía de Planificación Fiscal para Grandes Patrimonios en España ante el Modelo 718

Tiempo de lectura estimado: 18 minutos

¿Tienes un patrimonio significativo y la entrada en vigor del Modelo 718 —el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF)— te ha generado más dudas que certezas? No estás solo. Desde que este impuesto irrumpió en el panorama fiscal español, miles de contribuyentes con patrimonios netos superiores a 3 millones de euros se han encontrado navegando en aguas desconocidas, intentando entender qué deben declarar, cuánto deben pagar y, sobre todo, cómo estructurar su patrimonio de forma eficiente y completamente legal.

La buena noticia es que la planificación fiscal no es solo para multinacionales o grandes corporaciones. Es una herramienta estratégica accesible para cualquier persona con un patrimonio relevante que quiera tomar decisiones inteligentes. Esta guía está diseñada para ofrecerte una hoja de ruta clara, práctica y actualizada a 2026, con ejemplos reales, estadísticas relevantes y consejos accionables.

Dato clave: Según la Agencia Tributaria, en 2025 se presentaron más de 12.400 autoliquidaciones del Modelo 718, con una recaudación que superó los 680 millones de euros. En 2026, se espera que esa cifra escale por encima de los 750 millones ante la consolidación del impuesto y la ampliación de la base de contribuyentes efectivos.


Tabla de Contenidos

  1. ¿Qué es el Modelo 718 y a quién afecta realmente?
  2. Base imponible y exenciones: el mapa del terreno
  3. Mecanismos de deducción y cuota diferencial
  4. Estrategias de planificación fiscal para grandes patrimonios
  5. Casos prácticos: aprendiendo de escenarios reales
  6. Errores frecuentes y cómo evitarlos
  7. Preguntas frecuentes
  8. Tu plan de acción: los próximos pasos que debes dar hoy

¿Qué es el Modelo 718 y a quién afecta realmente?

El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, cuya declaración se realiza a través del Modelo 718, fue creado mediante la Ley 38/2022 con un doble objetivo declarado: recaudar fondos para cubrir las necesidades generadas por la pandemia y reducir las diferencias de tributación entre comunidades autónomas que habían bonificado al 100% el Impuesto sobre el Patrimonio (IP).

Aunque inicialmente se configuró como un impuesto «temporal», su consolidación en 2025 y su plena vigencia en 2026 demuestran que ha llegado para quedarse, al menos en el corto-medio plazo. El Tribunal Constitucional resolvió en 2024 su compatibilidad con el ordenamiento jurídico español, aunque con ciertas matizaciones, lo que despejó el camino para su aplicación plena.

¿Quién debe presentar el Modelo 718?

No todos los grandes patrimonios están obligados a tributar por este impuesto. La clave está en la cuota diferencial. Aquí los criterios esenciales:

  • Ámbito subjetivo: Personas físicas residentes en España (obligación personal) y no residentes con bienes en territorio español (obligación real).
  • Umbral de patrimonio neto: Superior a 3.000.000 €.
  • Cuota positiva: Solo tributan quienes, tras aplicar la deducción de lo pagado en el IP estatal, obtienen una cuota diferencial mayor que cero. Es decir, si tu comunidad autónoma aplica plenamente el IP, lo más probable es que no debas pagar nada adicional por el Modelo 718.
  • Residentes en Madrid y Andalucía (y otras CCAA con bonificación total del IP): son los más afectados, ya que al no pagar IP autonómico, el ITSGF actúa como impuesto sustituto efectivo.

¿Cuál es la escala de gravamen aplicable en 2026?

La tarifa del ITSGF es progresiva y se aplica sobre el patrimonio neto que supere el mínimo exento. En 2026, la escala vigente es la siguiente:

  • Desde 3.000.000 € hasta 5.347.998 €: 1,7%
  • Desde 5.347.998 € hasta 10.695.996 €: 2,1%
  • A partir de 10.695.996 €: 3,5%

Estas tasas pueden parecer moderadas, pero aplicadas sobre patrimonios de varios millones de euros, se traducen en facturas fiscales de decenas o incluso cientos de miles de euros anuales. De ahí la importancia crítica de una planificación proactiva y bien estructurada.


Base Imponible y Exenciones: El Mapa del Terreno

Antes de planificar, necesitas saber exactamente qué se incluye —y qué no— en la base imponible del Modelo 718. Esta es, quizás, la parte más técnica pero también la más estratégicamente relevante.

¿Qué activos computan en la base imponible?

El ITSGF sigue, en líneas generales, las mismas reglas de valoración y cómputo que el Impuesto sobre el Patrimonio. Estos son los principales activos que se incluyen:

  • Bienes inmuebles: Se valoran por el mayor entre el valor catastral, el valor de adquisición o el comprobado por la Administración. En 2026, con las actualizaciones catastrales en curso, muchos contribuyentes han visto incrementarse sus valoraciones.
  • Depósitos bancarios y activos financieros: Cuentas corrientes, fondos de inversión, acciones cotizadas y no cotizadas, seguros de vida con valor de rescate, etc.
  • Participaciones en sociedades no exentas
  • Joyas, obras de arte, vehículos de lujo y embarcaciones
  • Derechos reales y concesiones administrativas

Exenciones clave que debes conocer

Las exenciones son la primera línea de defensa fiscal. Estas son las más relevantes:

  • Vivienda habitual: Exenta hasta 300.000 €. Para patrimonios muy elevados, esta exención tiene un impacto limitado pero no es despreciable.
  • Empresa familiar: Esta es, sin duda, la exención más poderosa. Las participaciones en entidades que cumplan determinados requisitos (control del 5% individualmente o 20% con familiares, ejercicio de funciones de dirección y percepción de remuneración que represente más del 50% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas) pueden estar completamente exentas.
  • Objetos del patrimonio histórico artístico español
  • Ajuar doméstico ordinario

«La exención de empresa familiar es el instrumento más potente dentro del ITSGF. Una estructura societaria bien diseñada puede convertir activos plenamente sujetos en activos exentos, con una reducción sustancial de la carga fiscal.» — Experto en planificación patrimonial, despacho líder en Madrid, 2025.


Mecanismos de Deducción y Cuota Diferencial

Uno de los elementos más incomprendidos del Modelo 718 es el mecanismo de deducción por cuota del Impuesto sobre el Patrimonio. Entenderlo correctamente puede marcar la diferencia entre pagar una cifra significativa o no pagar absolutamente nada.

El ITSGF actúa como un «complemento» del IP: si ya has pagado suficiente IP en tu comunidad autónoma, el ITSGF queda neutralizado. La cuota diferencial se calcula así:

Cuota ITSGF – Cuota IP (estatal + autonómica) = Cuota a ingresar

Si el resultado es cero o negativo, no hay ingreso. Este es el motivo por el que los residentes en comunidades con IP activo (como Cataluña, País Vasco o Navarra) generalmente no experimentan un impacto adicional por el Modelo 718.

Límite conjunto de tributación IRPF + IP/ITSGF

Existe además una cláusula de tributación conjunta que limita la suma de cuotas del IRPF e IP/ITSGF al 60% de la base imponible del IRPF. Si la suma supera ese umbral, la parte excedente del IP/ITSGF se reduce hasta alcanzar dicho límite, con un mínimo garantizado del 20% de la cuota íntegra del ITSGF. Esta regla puede aliviar significativamente la carga fiscal de contribuyentes con altos patrimonios pero rendimientos relativamente moderados.


Estrategias de Planificación Fiscal para Grandes Patrimonios

Ahora llegamos al núcleo de esta guía: ¿qué puedes hacer de forma legal, eficiente y sostenible para optimizar tu posición ante el Modelo 718? Aquí encontrarás las estrategias más efectivas que los asesores fiscales de primer nivel están implementando en 2026.

1. Estructuración a través de la empresa familiar

Sin duda, la exención de empresa familiar es la herramienta más poderosa. Si tienes activos inmobiliarios, una cartera de inversiones o un negocio operativo, encauzarlos a través de una entidad que cumpla los requisitos puede generar una exención completa en el ITSGF.

Requisitos clave a cumplir en 2026:

  • La entidad debe realizar una actividad económica genuina (no mera tenencia de activos).
  • Al menos una persona del grupo familiar debe ejercer funciones de dirección y percibir por ello más del 50% de sus rendimientos netos.
  • El grupo familiar debe controlar al menos el 20% del capital (o el 5% individualmente).
  • La Agencia Tributaria ha intensificado en 2025-2026 los controles sobre la «actividad económica real» de estas entidades. La mera gestión de un patrimonio no operativo no es suficiente.

2. Seguros de vida con cobertura de inversión (Unit Linked)

Los productos de seguro de vida tipo Unit Linked ofrecen una ventaja patrimonial importante: el valor computable en el IP/ITSGF es el valor de rescate, que en ciertos diseños de producto puede ser inferior al valor de mercado de los activos subyacentes. Además, en estructuras correctamente diseñadas, permiten diferimiento fiscal en IRPF y una planificación sucesoria eficiente. En 2026, el mercado ofrece productos sofisticados con acceso a activos alternativos dentro de este envoltorio fiscal.

3. Traslado de residencia fiscal

Esta es la estrategia más radical y con mayores implicaciones personales. Trasladar la residencia fiscal a una comunidad autónoma con IP activo (como Cataluña, si el patrimonio no supera determinados umbrales) puede neutralizar el impacto del ITSGF. El traslado a otro país de la UE o de fuera de la UE tiene implicaciones adicionales, incluyendo el Impuesto de Salida (Exit Tax) regulado en el artículo 95 bis de la Ley del IRPF, que debe calcularse cuidadosamente antes de tomar esta decisión.

«En 2025, observamos un incremento del 34% en consultas sobre traslado de residencia fiscal respecto a 2023. Sin embargo, menos del 15% de quienes inician ese proceso acaban ejecutándolo, una vez que se valoran todas las implicaciones personales, familiares y económicas.» — Informe de tendencias, Asociación de Asesores Fiscales de España, 2025.

4. Donaciones y transmisión anticipada de patrimonio

La transmisión anticipada de activos a hijos u otros herederos reduce el patrimonio del donante y, por ende, la base imponible del ITSGF. En muchas comunidades autónomas, las donaciones entre familiares directos tienen bonificaciones elevadas en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Una estrategia de donaciones escalonada puede ser altamente eficiente si se planifica con suficiente antelación.

5. Optimización del pasivo deducible

El ITSGF permite deducir las deudas y obligaciones personales de la base imponible. Muchos contribuyentes no aprovechan al máximo esta posibilidad porque no documentan adecuadamente sus pasivos. Las deudas hipotecarias sobre inmuebles no exentos, préstamos personales justificados y otras obligaciones económicas reales son deducibles. Una revisión minuciosa del pasivo real puede reducir de forma significativa la base imponible.


Impacto Fiscal por Nivel de Patrimonio: Visualización Comparativa

El siguiente gráfico muestra la cuota aproximada del ITSGF (antes de deducciones) según diferentes niveles de patrimonio neto, aplicando la escala tarifaria vigente en 2026:

Cuota estimada ITSGF 2026 por nivel de patrimonio neto

4.000.000 €

~17.000 €

6.000.000 €

~55.000 €

10.000.000 €

~140.000 €

20.000.000 €

~490.000 €

50.000.000 €

~1.365.000 €

*Estimaciones orientativas antes de aplicar deducciones por IP pagado y límite de tributación conjunta.


Tabla Comparativa: Impuesto sobre el Patrimonio vs. Modelo 718 (ITSGF)

Criterio Impuesto sobre el Patrimonio (IP) Modelo 718 (ITSGF)
Umbral de obligación Patrimonio neto > 700.000 € (general) Patrimonio neto > 3.000.000 €
Gestión Cedido a CCAA; cada una puede regular tarifas y bonificaciones Estatal; gestionado por la AEAT
Tarifa máxima Variable por CCAA (hasta 3,5% en algunas) 3,5% (sobre tramo > 10,69 M€)
Relación entre ambos Se paga en la CCAA correspondiente Deduce lo pagado en IP; solo tributa la diferencia positiva
Destino de la recaudación Comunidades Autónomas Estado Central

Casos Prácticos: Aprendiendo de Escenarios Reales

Caso 1: El empresario madrileño con patrimonio mixto

Imagina a Carlos, 58 años, residente en Madrid. Tiene un patrimonio neto de 8 millones de euros compuesto por: su vivienda habitual (800.000 €), tres inmuebles en alquiler (2,5 M€), una cartera de acciones cotizadas (1,2 M€), participaciones en su empresa familiar de distribución (3,2 M€) y depósitos bancarios (300.000 €).

Madrid tiene el IP bonificado al 100%, por lo que Carlos no paga IP autonómico. Sin planificación, su cuota del ITSGF rondaría los 140.000 €. Sin embargo, si sus participaciones en la empresa familiar cumplen los requisitos de exención, 3,2 millones de euros salen de la base imponible. Además, los 300.000 € de su vivienda habitual también están exentos. La base imponible efectiva se reduciría a aproximadamente 4,4 M€, resultando en una cuota de alrededor de 47.000 €. Un ahorro de casi 93.000 € anuales con una estructura ya existente, solo por acreditar correctamente la exención.

Caso 2: La heredera con patrimonio inmobiliario concentrado

Isabel, 45 años, heredó en 2023 un conjunto de inmuebles urbanos en distintas provincias valorados en 12 millones de euros. No tiene empresa familiar ni actividad económica propia. Sin planificación, su cuota ITSGF supera los 300.000 € anuales.

Su asesor le plantea una estrategia en dos fases: primero, constituir una sociedad patrimonial que se transforme gradualmente en una sociedad con actividad económica real (gestión activa de los inmuebles con empleados a jornada completa y personal propio), lo que en un horizonte de 18-24 meses podría permitirle acceder a la exención de empresa familiar. Segundo, en paralelo, formalizar un préstamo intrafamiliar documentado para financiar rehabilitaciones, generando pasivo deducible. Con estas medidas, proyectan reducir la cuota efectiva en más de un 60% en el período 2026-2027.

Caso 3: El inversor financiero con alta liquidez

Miguel, 52 años, tiene 5 millones de euros en una cartera de fondos de inversión y activos cotizados. Su asesor le propone reestructurar parte de esa cartera hacia productos de seguro Unit Linked luxemburgueses, que en su diseño específico generan un valor de rescate inferior al valor de mercado de los activos subyacentes durante los primeros años. Esta restructuración, bien ejecutada, puede reducir la base computable en el ITSGF sin pérdida de rentabilidad financiera real, siempre dentro del marco legal vigente.


Errores Frecuentes y Cómo Evitarlos

La planificación fiscal es tan valiosa por lo que hace como por lo que evita. Estos son los errores más comunes que asesores fiscales detectan en 2026:

  • No documentar adecuadamente la exención de empresa familiar: Muchos contribuyentes asumen que «cumplen los requisitos» sin tener documentación que lo acredite. La AEAT exige prueba fehaciente de que las funciones de dirección se ejercen efectivamente y de que la remuneración supera el 50% de los rendimientos netos. Sin documentos, la exención puede ser impugnada.
  • Confundir valor catastral con valor de mercado: En el contexto de las revisiones catastrales masivas de 2024-2025, algunos contribuyentes siguen declarando valores desactualizados, lo que puede generar regularizaciones posteriores con intereses de demora.
  • Ignorar el Exit Tax al planificar traslados de residencia: El impuesto de salida puede convertir un traslado aparentemente eficiente en una operación fiscalmente muy costosa si no se planifica con suficiente antelación.
  • Dejar la planificación para el último momento: Muchas estrategias (empresa familiar, donaciones, Unit Linked) requieren entre 12 y 36 meses para ser eficaces. Iniciar la planificación en diciembre del año fiscal es, en la mayoría de los casos, demasiado tarde.
  • Subestimar el riesgo de conflicto con el principio de sustancia económica: La AEAT ha intensificado en 2026 su escrutinio sobre estructuras carentes de sustancia real. Una sociedad creada exclusivamente para eludir el ITSGF, sin actividad económica genuina, puede ser objeto de regularización y sanción.

Preguntas Frecuentes

¿El Modelo 718 desaparecerá en los próximos años?

Es una pregunta recurrente y legítima. Aunque fue diseñado como un impuesto «temporal», su prórrogas sucesivas y la consolidación de su recaudación hacen difícil anticipar su eliminación a corto plazo. El horizonte más realista en 2026 es que el ITSGF se mantenga vigente, al menos hasta que se produzca una reforma integral del sistema de financiación autonómica que armonice el Impuesto sobre el Patrimonio en todas las comunidades. No planificar en base a su posible desaparición es la postura más prudente.

¿Puedo aplicar la exención de empresa familiar si mi sociedad solo tiene inmuebles en alquiler?

Depende de la estructura concreta. La mera titularidad de inmuebles en arrendamiento, sin personal propio ni infraestructura organizativa dedicada, generalmente no es considerada actividad económica por la normativa del IRPF (artículo 27 de la Ley del IRPF exige al menos una persona contratada a jornada completa). Sin embargo, en 2026, con la jurisprudencia del Tribunal Supremo evolucionando en esta materia, hay casos en los que actividades de gestión intensiva de patrimonio inmobiliario han sido aceptadas. Es imprescindible analizar cada situación con un asesor especializado.

¿Cómo afecta el Modelo 718 a los no residentes con inmuebles en España?

Los no residentes están sujetos al ITSGF por obligación real respecto a sus bienes y derechos situados en España cuando su valor neto supera los 3 millones de euros. Esto incluye inmuebles, cuentas bancarias en entidades españolas y participaciones en sociedades españolas. Sin embargo, los convenios de doble imposición suscritos por España pueden limitar este gravamen en función del país de residencia del contribuyente. En todo caso, deben presentar el Modelo 718 a través de representante fiscal designado en España, y la cuota calculada se verá reducida por la parte proporcional del IP que hubieran satisfecho.


Tu Plan de Acción: Los Próximos Pasos que Debes Dar Hoy

El tiempo es el activo más escaso en planificación fiscal. Cada mes que pasa sin revisar tu estructura patrimonial puede representar decenas de miles de euros en carga fiscal evitable —y completamente legal de optimizar—. Aquí tu hoja de ruta práctica e inmediata:

  1. Semana 1-2: Diagnóstico patrimonial completo. Elabora un inventario actualizado de todos tus activos y pasivos con sus valoraciones a fecha de devengo (31 de diciembre). Identifica qué activos están comprendidos en el ámbito del ITSGF y cuáles podrían estar exentos.
  2. Semana 3-4: Revisión de la exención de empresa familiar. Si tienes participaciones societarias, encarga una auditoría específica sobre el cumplimiento de los requisitos. Si no cumples aún, identifica el camino para llegar a cumplirlos en 2026-2027.
  3. Mes 2: Evaluación de alternativas de reestructuración. Con tu asesor fiscal, valora las opciones disponibles: donaciones, Unit Linked, pasivos deducibles no documentados, cambios en la composición del activo.
  4. Mes 3: Diseño e implementación de la estructura óptima. Ejecuta las medidas con plazos claros y documentación impecable. Recuerda: el sustrato jurídico y económico debe ser sólido.
  5. Seguimiento anual: La planificación fiscal no es un evento único. Programa revisiones anuales antes del cierre del ejercicio para adaptarte a cambios normativos, variaciones en tu patrimonio y nuevas oportunidades.

La fiscalidad de los grandes patrimonios en España está en plena transformación. La digitalización de la Agencia Tributaria, el intercambio automático de información fiscal internacional (CRS/FATCA) y la creciente presión por la armonización fiscal europea hacen que la opacidad sea cada vez menos viable y la planificación estratégica transparente sea el único camino sostenible a largo plazo.

Tú, como titular de un gran patrimonio, tienes la responsabilidad —y la oportunidad— de gestionar tu carga fiscal de forma inteligente, ética y conforme a la ley. La diferencia entre pagar lo justo y pagar en exceso no está en la suerte: está en la preparación.

¿Ya tienes clara tu estrategia fiscal para el cierre de 2026, o estás esperando que el problema se resuelva solo? La planificación que empieces hoy definirá el impacto fiscal del año que viene.

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Artículo revisado por Arjun Mehta, Arquitecto de ecosistemas de pago digital, el junio 1, 2026

Author

  • Me especializo en la reestructuración de empresas familiares y la optimización de carteras de private equity. Recientemente dirigí la transformación de una cadena hotelera que incrementó su valor en un 60% en dos años. Mi experiencia abarca reestructuración operativa, adquisiciones apalancadas y estrategias de salida.